lunes, 26 de septiembre de 2016

DILEMA ÉTICO




En el Colegio Guadalupe, se presentó un caso con una estudiante que consumía drogas dentro del plantel educativo. Juan es el psicólogo de la institución obtiene información potencialmente grave y conflictiva para la familia de una menor de edad en su entorno escolar y su hogar, puesto que la estudiante fue sorprendida consumiendo sustancias alucinógenas en uno de los baños de la Institución por su psicólogo; la estudiante al momento de ser sorprendida le pide a Juan que no le diga a sus padres puestos que son muy agresivos. Juan considera que es probable que la información genere malas situaciones familiares e inconvenientes para la menor, dadas que las características conductuales de los padres, quienes suelen reaccionar de forma explosiva y poco proactiva ante cualquier evento con la menor. Sin embargo, no se puede omitir esa información a los padres en atención a la gravedad de los hechos y los riesgos que implica para la misma menor.

En vista que Juan, se encuentra en un dilema ético y profesional y no desea faltarle a la confidencialidad de la menor.




Preguntémonos:

Qué debe hacer Juan ante esta situación.

·         ¿Deberá contarles a los familiares de la estudiante y directivas del colegio o quedarse callado?



En el caso anterior hay una contradicción entre los principios: informar y atentar contra el respeto y la confidencialidad a la menor, o no informar y atentar contra el principio ético de justicia que obliga a respetar el derecho de los padres a estar informados sobre la intervención a la menor.

Este puede considerarse un dilema ético ya que:
1.   La confidencialidad es un principio de decisión ética que afecta tanto la obligación de respetar el derecho de las personas a su intimidad y su dignidad como la beneficencia, porque altera la construcción de relaciones terapéuticas fundadas en la confianza.

2.   La confidencialidad ha sido valorada de forma tan destacada en la tradición ética psicológica que en varios códigos éticos, por ejemplo en Colombia los artículos 10 del Titulo V: De los derechos, deberes, obligaciones y prohibiciones del profesional de Psicología, Artículos 23, 24 y 25 Titulo VII: Del código deontológicos y bioético para el ejercicio de la profesión de psicología; Capt 1  de la Ley 1090 de 2006, se obliga al terapeuta a su seguimiento, con la sola excepción del riesgo objetivo de la vida del paciente o terceros, previa aclaración al usuario de los límites de la confidencialidad, entendida como la aclaración sobre en cuáles casos el profesional se verá obligado a reportar la situación a los organismos o personas competentes para conocer el riesgo y tomar las medidas pertinentes.

3.   Hay una situación dilemática aparente: la comunicación psicológica es un proceso articulado que va más allá de la simple transmisión de una información. La comunicación psicológica incluye una preparación del escucha, selección de la información relevante a comunicar y seguimiento de los procesos que esa información genera. Cuando un psicólogo realiza una intervención de comunicación, atiende a diversos puntos clínicos: a) Establece los objetivos esperados de la información a comunicar y valora las consecuencias potenciales. b) Adapta la información a la capacidad de comprensión del escucha, como por ejemplo cuando brinda información tendiente a obtener el consentimiento informado. c) Establece una serie de pasos temporales, que incluyen la preparación adecuada del escucha para manejar la información de forma proactiva y no reactiva. d) Se limita a la información necesaria, excluyendo datos clínicos específicos, propios del entorno profesional. En otras palabras, selecciona los puntos específicos relacionados con los objetivos de la comunicación. e) Realiza un seguimiento de los procesos que genera o modifica la información ofrecida. La comunicación profesional no implica la revelación total, directa y literal de la información técnica.

4.   Así, el tiempo de comunicación y el contenido específico está contenido en un tiempo profesional que incluye la preparación de los receptores del mensaje. La intervención inicia desde el momento que atiende, en el caso que nos ocupa, a la menor de edad, continúa en el proceso de preparación a los padres y culmina luego de un período de seguimiento y soporte.

Este no es un dilema ético perfecto como suele ocurrir en muchos de los casos a los que se enfrenta el psicólogo en la práctica profesional si no está atento a plantear “terceras vías” de solución, para encrucijadas que parecen proponer sólo dos salidas. Así, el profesional debería establecer más un proceso técnico de comunicación y no limitarse a dirimir entre informar o contener toda la información. La respuesta es una tercera vía: una comunicación orientada al bienestar de la menor, preparando previamente a los padres y estableciendo un plan de seguimiento que promueva la beneficencia. De esta forma, se elimina el supuesto dilema, orientándose la acción a la planeación de una intervención profesional.


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