DILEMA ÉTICO
En el Colegio Guadalupe, se presentó un caso con una estudiante que
consumía drogas dentro del plantel educativo. Juan es el psicólogo de la
institución obtiene información potencialmente grave y conflictiva para la
familia de una menor de edad en su entorno escolar y su hogar, puesto que la
estudiante fue sorprendida consumiendo sustancias alucinógenas en uno de los
baños de la Institución por su psicólogo; la estudiante al momento de ser
sorprendida le pide a Juan que no le diga a sus padres puestos que son muy
agresivos. Juan considera que es probable que la información genere malas
situaciones familiares e inconvenientes para la menor, dadas que las
características conductuales de los padres, quienes suelen reaccionar de forma
explosiva y poco proactiva ante cualquier evento con la menor. Sin embargo, no
se puede omitir esa información a los padres en atención a la gravedad de los
hechos y los riesgos que implica para la misma menor.
En vista que Juan, se encuentra en un dilema ético y profesional y no
desea faltarle a la confidencialidad de la menor.
Preguntémonos:
Qué debe hacer Juan
ante esta situación.
·
¿Deberá contarles a los familiares de la estudiante y directivas del
colegio o quedarse callado?
En el caso anterior hay una contradicción
entre los principios: informar y atentar contra el respeto y la
confidencialidad a la menor, o no informar y atentar contra el principio ético
de justicia que obliga a respetar el derecho de los padres a estar informados
sobre la intervención a la menor.
Este
puede considerarse un dilema ético ya que:
1. La confidencialidad es un principio de
decisión ética que afecta tanto la obligación de respetar el derecho de las personas a su intimidad y su dignidad
como la beneficencia, porque altera la construcción de relaciones terapéuticas
fundadas en la confianza.
2. La confidencialidad ha sido valorada de forma tan
destacada en la tradición ética psicológica que en varios códigos éticos, por ejemplo
en Colombia los artículos 10 del Titulo
V: De los derechos, deberes,
obligaciones y prohibiciones del profesional de Psicología, Artículos 23, 24 y 25 Titulo VII: Del código deontológicos y bioético para el ejercicio
de la profesión de psicología; Capt 1
de la Ley 1090 de 2006, se obliga al terapeuta a su seguimiento, con la
sola excepción del riesgo objetivo de la vida del paciente o terceros, previa
aclaración al usuario de los límites de la confidencialidad, entendida como la
aclaración sobre en cuáles casos el profesional se verá obligado a reportar la
situación a los organismos o personas competentes para conocer el riesgo y
tomar las medidas pertinentes.
3. Hay una situación dilemática aparente: la
comunicación psicológica es un proceso articulado que va más allá de la simple
transmisión de una información. La comunicación psicológica incluye una
preparación del escucha, selección de la información relevante a comunicar y
seguimiento de los procesos que esa información genera. Cuando un psicólogo
realiza una intervención de comunicación, atiende a diversos puntos clínicos:
a) Establece los objetivos esperados de la información a comunicar y valora las
consecuencias potenciales. b) Adapta la información a la capacidad de comprensión
del escucha, como por ejemplo cuando brinda información tendiente a obtener el
consentimiento informado. c) Establece una serie de pasos temporales, que
incluyen la preparación adecuada del escucha para manejar la información de
forma proactiva y no reactiva. d) Se limita a la información necesaria,
excluyendo datos clínicos específicos, propios del entorno profesional. En
otras palabras, selecciona los puntos específicos relacionados con los
objetivos de la comunicación. e) Realiza un seguimiento de los procesos que
genera o modifica la información ofrecida. La comunicación profesional no
implica la revelación total, directa y literal de la información técnica.
4. Así, el tiempo de comunicación y el contenido
específico está contenido en un tiempo profesional que incluye la preparación
de los receptores del mensaje. La intervención inicia desde el momento que
atiende, en el caso que nos ocupa, a la menor de edad, continúa en el proceso
de preparación a los padres y culmina luego de un período de seguimiento y
soporte.
Este no es un dilema ético perfecto
como suele ocurrir en muchos de los casos a los que se enfrenta el psicólogo en
la práctica profesional si no está atento a plantear “terceras vías” de
solución, para encrucijadas que parecen proponer sólo dos salidas. Así, el
profesional debería establecer más un proceso técnico de comunicación y no
limitarse a dirimir entre informar o contener toda la información. La respuesta
es una tercera vía: una comunicación orientada al bienestar de la menor,
preparando previamente a los padres y estableciendo un plan de seguimiento que
promueva la beneficencia. De esta forma, se elimina el supuesto dilema,
orientándose la acción a la planeación de una intervención profesional.